La Plata, 23 de septiembre de 2020.
COMUNICADO INTERNO
Estimados asociados y asociadas,
En la reunión mantenida hoy con el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Dr. Julio Alak, hicimos llegar nuestra solicitud de recomposición salarial para el año en curso y los años anteriores, analizando la razonabilidad de la misma. Será trasmitida al Gobernador, al Ministerio de Economía y al Ministerio de Trabajo, en el día de la fecha. También dialogamos sobre las vacantes en el Poder Judicial, la imperiosa necesidad de cobertura y la coordinación de acciones a futuro para que nuestro Colegio y las 19 departamentales sean escuchadas en temas de trascendencia institucional.
Fue una reunión de mucha utilidad y sumamente cordial.
En archivo adjunto, les hacemos llegar la propuesta salarial aludida.
Como siempre, los mantendremos informados de las novedades.
Solicitud salarial 23 de setiembre de 2020.-
Año 2020
La inflación de los primeros meses del año fue: enero 2.3%, febrero 2.0% y marzo 3.3%: es decir un total acumulado de enero a marzo del 7.6 %.
De manera unilateral, el Poder Ejecutivo resolvió otorgar un aumento del 9 % (es decir, 1.4 % más). Reconociendo así las pérdidas en el salario real de los años anteriores.
En los últimos cinco (5) meses, es decir, a partir de abril la inflación mensual fue la siguiente: 1,5 % abril, 1,5 % mayo, 2,2 % junio, 1,9 % julio y 2,7% agosto.
De los datos indicados surge que la inflación acumulada durante el año 2020 (desde enero hasta el mes de agosto) es del 18.9%; mientras que la interanual es del 40.7%.
Fuente INDEC
Frente a ésta realidad, consideramos que el severo retraso salarial, amerita una recomposición retroactiva de cada uno de los últimos meses señalados. Es decir, solicitamos un 10 % por estos 5 meses (abril a agosto 2020)
De setiembre a diciembre 2020: Pedimos aplicación de cláusula gatillo.-
Ahora bien, hemos perdido en 2016 (1 %) 2018 (15.60 %) y 2019 (23.80): 40.4 %
Desde 2017 a la fecha el salario real cayó por encima del 30%, un aumento del 44.32%, nos colocaría en la situación de recomponer lo perdido durante ese período e igualar los ya deteriorados salarios al nivel del año 2017.
Por lo que solicitamos en aras de recuperar progresivamente la pérdida por los años 2016, 2018 y 2019, como primer paso 15 %, sin renunciar de manera alguna a la diferencia restante.
Es decir: Por el año 2020 solicitamos un 10 % (de abril a agosto 2020) y aplicación de cláusula gatillo (de setiembre a diciembre) y, además de ello, en primera instancia el 15 % recomposición parcial y progresiva de años anteriores (desde 2017 en adelante).-
Ello por varias razones que vamos a exponer:
1.- Intangibilidad de las remuneraciones (art. 96 de la Constitución Nacional) No reducción del salario (14 bis y 17 Constitución Nacional)
2.- Tutela judicial (art. 15 de Constitución Provincial) Trabajo en tiempo de pandemia:
La provincia de Bs. As. es la de mayor superficie, la de mayor población y su Poder Judicial el de mayor carga laboral, litigiosidad y la de mayor complejidad. Y que las estadísticas colocan al poder judicial de la provincia de Buenos Aires, como modelo a nivel nacional respecto a la informatización y el trabajo remoto con excelentes resultados (casi el 70 por ciento de producción) Ver informes de GESTIÓN SCJBA y MP.
Funcionarios y Magistrados los únicos con convenio de teletrabajo vigente (Ver Res. 479 del 24 de abril de 2020 y Convenio 527 del 25 de abril de 2020)
Hemos sido los funcionarios y los magistrados quienes sostuvimos la prestación del servicio de justicia, exponiéndonos y aportando nuestros propios recursos (internet, equipos informáticos, teléfonos celulares, electricidad, datos, reparación de equipos, hardware, software, actualizaciones, etc. (Ver. art.9 de la ley de teletrabajo Ley 27.555). Las jornadas laborales se extienden más allá de lo razonable, y la feria judicial de invierno ha sido suprimida.
Hemos sido solidarios. Hemos aportado al fondo creado por la SCJBA para la pandemia (Resolución N° 14/20 del 31 de marzo de 2020) y las Asociaciones, Colegios y Uniones, como nuestros asociados hemos aportado 6.278.036 pesos para la salud de todos.
3.- Equiparación: en la actualidad la comparación de las remuneraciones a nivel nacional coloca a la provincia de Buenos Aires en el puesto n°20 sobre 24 jurisdicciones. Ello quiere decir que en algunas categorías se perciba hasta 2,5 veces menos (según último informe de la FAM). La tuvimos en el Poder Judicial por ley 11.017 del 5 de diciembre de 1990.
El Sr. Gobernador de oficio ha acogido el argumento de equiparación recientemente para aumentar los salarios de la policía en un 26.2 % y coincidimos plenamente con su argumento en cuando anunció dicho aumento de que a igual tarea, igual remuneración. No debe dejar considerarse que dicha fuerza es auxiliar del Poder Judicial y debe guardar, por ende, debida proporcionalidad. Tenemos una acción colectiva en curso.-
4.- Es necesaria la Ley de autonomía presupuestaria y autarquía financiera para contar con una política salarial propia del Poder Judicial.-